Indulgencia- Año Jubilar

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  • ¿Qué es una indulgencia?

Indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados en lo referente a la culpa que gana el fiel, convenientemente preparado, en ciertas y determinadas condiciones, con la ayuda de la Iglesia, que, como administradora de la redención, dispensa y aplica con plena autoridad el tesoro de los méritos de Cristo y de los santos.  (www.vatican.va)

La indulgencia puede ser: Parcial o plenaria, según libere de la pena temporal debida por los pecados en parte o totalmente.

Para este Año el Santo Padre concede Indulgencia Plenaria Jubilar.

La indulgencia plenaria es el Perdón completo de Dios ante todos nuestros pecados, es es la expresión concreta de la Misericordia de Dios”

El Alma queda totalmente libre, como recién bautizada.

¿Qué condiciones se requieren para ganarlas?

  • Visitar una Iglesia Jubilar con espíritu de peregrino.
  • Rezar el Credo durante la visita.
  • Pedir por el Papa y sus intenciones rezando Padre Nuestro, Ave María y Gloria.
  • Hacer un momento de oración comunitaria o individual
  • Confesarse en una Iglesia Jubilar dentro de los 8 días anteriores o posteriores de la visita
  • Comulgar en una Iglesia Jubilar durante los próximos días.

Esta indulgencia plenaria se podrá aplicar a uno mismo o a los fieles difuntos.

Normalmente solo se puede conseguir una Indulgencia plenaria al día, durante este año especialísimo, los fieles que habrán emitido un acto de caridad en favor de las almas del Purgatorio, si se acercan legítimamente al sacramento de la Comunión una segunda vez en el mismo día en el contexto de una celebración Eucarística, podrán conseguir dos veces en el mismo día la Indulgencia plenaria, aplicable sólo a los difuntos.

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